2010 se despidió con la aprobación de un documento largamente esperado por la comunidad educativa. El Consejo de Ministros aprobó, a propuesta del Ministerio de Educación, el Real Decreto por el que se aprueba el Estatuto del Estudiante Universitario, que garantiza la participación del alumnado en la política y la gestión de las universidades.
El Estatuto del Estudiante Universitario establece mecanismos para aumentar la implicación y participación de los estudiantes en la vida universitaria y en el diseño de sus políticas estratégicas. Representa avances de gran relevancia, entre los que se pueden mencionar:
- Progresa en la declaración de los derechos y deberes de los estudiantes.
- Define la orientación al estudiante y la configuración de sistemas tutoriales desarrollados por el profesorado y el personal especializado.
- Describe la Atención al Universitario como clave para la formación integral del estudiante.
- Describe la programación docente del estudiante de enseñanzas que conducen a la obtención de un título oficial, definiendo la naturaleza de las prácticas externas y regulando el derecho a una evaluación objetiva, así como a la comunicación y revisión de las calificaciones.
- Regula la representación estudiantil dentro de las universidades, así como su participación en organizaciones nacionales e internacionales.
- Presta atención al fomento de la convivencia y la corresponsabilidad en la universidad. Contempla la creación de comisiones de corresponsabilidad universitaria formadas por estudiantes, profesores y personal de administración y servicios, y describe la colaboración del estudiante con el Defensor Universitario, que podrá asumir tareas de mediación y conciliación.
- Incluye la actividad física y deportiva y la formación en valores como componentes de la formación integral que las universidades deben proporcionar a los estudiantes. El Estatuto crea también un Consejo de Estudiantes Universitarios del Estado, canal directo de representación ante el Ministerio de Educación similar al que existe para los rectores (Consejo de Universidades) y para las Comunidades Autónomas (Conferencia General de Política Universitaria).
Entre sus competencias se encuentran:
- Informar los criterios de las propuestas políticas del Gobierno en materia de estudiantes universitarios.
- Ser interlocutor válido ante el Ministerio de Educación. - Contribuir activamente a la defensa de los derechos de los estudiantes.
- Velar por la adecuada actuación de los órganos de gobierno de las universidades en lo que se refiere a derechos y deberes de los estudiantes.
- Recibir y, en su caso, dar cauce a las quejas que le presenten los estudiantes universitarios.
- Elevar propuestas al Gobierno.
El Consejo de Estudiantes Universitarios del Estado (cuyo reglamento de organización será aprobado próximamente) estará formado inicialmente por 3 representantes del Ministerio de Educación, 5 expertos designados por el ministro de Educación y 88 representantes de los estudiantes.
Una aspiración de la comunidad estudiantil
La aprobación del Estatuto del Estudiante Universitario era uno de los principales objetivos del Ministerio de Educación dentro del eje "gobernanza" de la Estrategia Universidad 2015, así como una aspiración de los colectivos de estudiantes españoles desde hace décadas.
Su aprobación se produce después de alcanzar el consenso sobre la redacción del texto con los principales agentes implicados de la comunidad universitaria: rectores, comunidades autónomas, representantes de alumnos y docentes.
En las reuniones para la elaboración del Estatuto han participado durante meses las principales asociaciones, federaciones y confederaciones de estudiantes de España, así como la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas (la CRUE, junto con su Red Universitaria de Asuntos Estudiantiles, RUNAE), el Consejo de Universidades y la Conferencia General de Política Universitaria entre otros.
El objetivo es involucrar a los estudiantes (que representan el 90% de la comunidad académica) como socios reales en las estructuras de toma de decisiones de la educación superior, así como en los debates políticos y presupuestarios. Tras la aprobación del Estatuto, le corresponderá a la comunidad universitaria, en ejercicio de su autonomía, desarrollar los diferentes aspectos del mismo.